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ANMAT

Prohíben una cerveza, varios alimentos y productos de limpieza

La ANMAT, a través de disposiciones publicadas este martes en el Boletín Oficial, prohibió una serie de productos alimenticios y de limpieza.
martes 22 de octubre de 2019
Prohíben una cerveza, varios alimentos y productos de limpieza

Este martes, a través de una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió varios productos de limpieza, una cerveza, y una serie de alimentos como galletitas, aceite de oliva, provenzal, perejil y ajo.

A través de la disposición N° 8559/2019 se prohibió la “Cerveza especial, Mahou Cinco Estrellas, con el logo facultativo de alimento libre de gluten, elaborada por Mahou S.A, Madrid, España”, se instruyó un sumario sanitario a la firma MADACILO S.R.L y a la razón social ROMAN Gisela Silvina. El producto “no cuenta con un rótulo complementario adecuado a la normativa nacional vigente”.

Además, por la disposición 8516/2019 se prohibió el “Aceite de Oliva extra virgen, marca Finca Don Francesco” ya que el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente.

También en la disposición N° 8512/2019, la ANMAT prohibió la comercialización en toda la Argentina de “Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans” por no cumplir con la normativa vigente para la rotulación de alimentos.

En la disposición N° 8517/2019 prohibieron la comercialización de una serie de alimentos “Provenzal, perejil y ajo, peso neto 25g, RNPA N°02-598267, lote 190405, fecha de vencimiento abril 2021”, “Nuez moscada, peso neto 25g, RNPA N° 02-564410, lote 190401, fecha de vencimiento: abril 2021. “Pesto, Peso Neto 20g, RNPA Expte. N° 4075-219-10, lote 190327, fecha de vencimiento: Marzo 2021”, “Pimentón extra dulce, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598274, lote 190404, fecha de vencimiento: Abril 2021” y “Ají molido, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598292, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021”, todos elaborados y envasados por POO ALIMENTOS S.A., RNE N° 02-033526.

Por último, la disposición N° 8514/2019 prohibió el uso y comercialización de todos los lotes de todos los productos domisanitarios elaborados y/o fraccionados por la firma “FIORELLA DISTRIBUIDORA” de David Sánchez. Se realizará un sumario sanitario a la empresa y a su director técnico por el presunto incumplimiento de “haber fraccionado sin habilitación de establecimiento y comercializado en jurisdicción nacional productos domisanitarios sin contar con los correspondientes registros de productos ante ANMAT”.

Las inspecciones corroboraron la presencia de “productos rotulados con marcador sin etiquetas: desengrasantes, limpiador de piso, jabón para ropa, lavandina, entre otros”.

 

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