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Habilitaron 2 días a la semana para atención presencial de trámites judiciales urgentes

Se atenderá con turno Web previo, en el horario de 09:00 a 13:00 horas. Cada Juzgado o dependencia determinará 2 días hábiles por semana, conforme el cronograma de circulación provincial por terminación de DNI.
jueves 14 de mayo de 2020
Habilitaron 2 días a la semana para atención presencial de trámites judiciales urgentes

Desde el lunes 11 de mayo, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de San Luis, habilitó nuevas herramientas virtuales para atender al justiciable, manteniendo la modalidad de teletrabajo y la atención presencial solo para la tramitación de causas urgentes.

Para los actos presenciales urgentes -como entrega de oficios, declaraciones juradas, cartas poder, etc.-, que no se efectúan previa citación o fijación judicial de audiencia; se puso en marcha un sistema de turnos por internet, al que se accede por medio del siguiente enlace: https://www.justiciasanluis.gov.ar/turnos/ .

Analizados los requerimientos del servicio de justicia en la primera semana de trabajo bajo la referida modalidad, y teniendo en cuenta el cronograma de circulación provincial por terminación de DNI, se dispuso ampliar la atención presencial en los Juzgados y Tribunales Judiciales a 2 días hábiles por semana.

El horario será de 09:00 a 13:00 hs., sólo con turno Web previo.

En este punto, es importante señalar que cada repartición determinará los días de atención al público, pudiendo ingresar a la agenda de cada dependencia al momento de solicitar el turno online.

Asimismo, se recuerda a los justiciables y auxiliares de justicia, cuáles son los tramites presenciales urgentes autorizados durante el periodo de aislamiento social, preventivo y obligatorio, conforme el artículo 22 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia:

1) Las medidas cautelares. 2) Las denuncias por la comisión de delitos de acción pública o dependientes de instancia privada. 3) Las quiebras y los concursos y las medidas consiguientes a los mismos. 4) Las acciones y recursos de garantías individuales. 5) Todos los demás asuntos cuando se justifique prima facie por el interesado, que se encuentra expuesto a la pérdida de un derecho o a sufrir graves perjuicios si no se le atiende. 6) Cobro de remuneraciones.

Se aclara también, que el sistema de turnos web es complementario a:

– Las citaciones o convocatorias por correo electrónico institucional realizadas por los Organismos Judiciales para atender presencialmente requerimientos de trámites que formulen los justiciables o auxiliares de justicia.

– Las citaciones que se realizan por providencias judiciales para la realización de actos procesales urgentes.

Finalmente, es importante remarcar que el ingreso a los edificios de justicia de toda la provincia, sólo está permitido para personas que sean expresamente citadas; que concurran a formular denuncias; que posean turno Web previo; personal policial; personal de servicios de correos; y personal del Poder Judicial que deba prestar funciones. Quienes lo hagan, DEBERÁN OBLIGATORIAMENTE UTILIZAR TAPABOCAS.

Prensa: Poder Judicial de la Provincia de San Luis.

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