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La ANMAT retiró del mercado una marca de aceite luego de que vecinos de Nogolí contrajeran gastroenteritis por consumirlo

Se trata del Aceite de oliva Extra Virgen de la marca Morena, que fue prohibido "por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales". El organismo, además, prohibió la venta de otros tres productos que podrían ser peligrosos para el consumidor
martes 18 de mayo de 2021
La ANMAT retiró del mercado una marca de aceite luego de que vecinos de Nogolí contrajeran gastroenteritis por consumirlo

A través de la disposición Nº 3386/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de un aceite de oliva que provocó cuadros de gastroenteritis aguda luego de que varios vecinos de la localidad sanluiseña de Nogolí lo consumieran.

Se trata del “Aceite de oliva Extra Virgen, marca Morena, elaborado y envasado por M. Bustos S.A., RNE N° 12004618, RNPA N° 12007250, Ruta Nac.74 Km 1198, Industria Argentina”.

La ANMAT aseguró que el producto carecía “de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.

 

Disposición 3386/2021 by laura on Scribd

 

La investigación inició luego de las denuncias de habitantes de la localidad ubicada en el departamento Belgrano que aseguraron haber contraido la enfermedad luego de ingerir dicho aceite. El Sector Bromatología y Registro de Alimentos dependiente del Subprograma Auditoría Sanitaria del Ministerio de Salud de la provincia de San Luis inició una una inspección en un comercio de la zona, donde encontraron varias unidades “en diferentes presentaciones, procediéndose a la incautación y retiro de las mismas para posterior su análisis”.

De la misma manera, se descubrió que los registros de establecimiento y de producto que figuran en el rótulo de la botella, no existen en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

 

Una marca de aceite de girasol, una de queso sardo y otra de pasta de legumbres para celíacos también fuera de circulación.

Además, el organismo, mediante la Disposición 3387/2021, ordenó retirar del mercado el aceite prensado de girasol “marca Yenie, elaborado por: RNE 00-037488 RNPA 053-00-004988”, por “carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes”.

Fue entonces cuando los inspectores visitaron el comercio de la ciudad de Paraná que hizo la venta, donde encontraron más unidades del producto investigado, las cuales fueron decomisadas como muestra.

Ante esta situación, la ANMAT señaló que por tratarse de un alimento “que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”.

También se prohibió la comercialización del queso Sardo Argentino marca “La María, RNPA N° 080068760, RNE N° 08000708, Venta al peso, Disque SRL, Colonia Brugo, Dpto Paraná, Entre Ríos”, “por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE dado de baja y un RNPA inexistentes”.

Las irregularidades en esta ocasión fueron descubiertas por las acciones que se llevaron adelante en el marco de un programa de monitoreo de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) de la provincia de Santa Fe, según se explicó en la Disposición 3385/2021.

Este organismo estableció “el Alerta Alimentaria N° 03/2021, categorizada como Clase I, a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general”, luego de comprobar que “el RNE se encuentra dado de baja desde el 30/01/2018 y el RNPA es inexistente”.

 

Por último, a través de la Disposición 3384/2021, la ANMAT prohibió “la comercialización en todo el territorio nacional” de la pasta de legumbres lenteja chía cornetti, marca “Wakas Gluten Free”, RNPA 02- 613142, lote 305 - fecha de vencimiento: 31/10/21, elaborado por RNE 02-035204.

A diferencia del resto de los alimentos mencionados, este producto fue retirado del mercado por tener en el envase el símbolo “SIN TACC”, que distingue a aquellos productos que son aptos para celiaco, pero “estar contaminado al contener mayor cantidad de gluten que la permitida”.

Esta falta de seguridad se comprobó durante una de las revisiones que hace el Programa de Vigilancia de Alimentos Libres de Gluten, del Plan Integral de Fiscalización de Establecimientos, Productos Alimenticios y Materiales en Contacto con Alimentos.

Las muestras que se tomaron de esta pasta fueron analizadas por el Laboratorio Nacional de Referencia del INAL, que informó que las mismas “no cumple con las especificaciones” requeridas.

Por su parte, la empresa que fabrica este producto solicitó una pericia de control y se presentó a la contraverificación, pero en dos pruebas más se registraron “valores superiores a los permitidos”.

Ante esta situación, la firma informó que “inició el retiro voluntario y preventivo del lote involucrado del producto investigado, que procedió a dar aviso a los clientes para el retiro de venta y posterior coordinación para disposición final”.

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