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Villa de Merlo

Le dieron tres años de prisión en suspenso a un hombre que incendió una casa y provocó daños en vehículos

Los hechos ocurrieron en enero de 2019, en el barrio merlino de Cerro de Oro. Para que la condena no se ejecute, deberá cumplir condiciones impuestas por el Tribunal.
miércoles 24 de agosto de 2022
Le dieron tres años de prisión en suspenso a un hombre que incendió una casa y provocó daños en vehículos

Este martes, en la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción, se llevó a cabo un juicio abreviado para definir la situación procesal de D.E.C., acusado como autor material y penalmente responsable de los delitos de daños (dos hechos) y estrago doloso (un hecho), todos ellos en concurso real.

Los sucesos tuvieron lugar el 5 enero de 2019 en la Villa de Merlo, en horas de la madrugada, en la zona de Cerro de Oro.

El acusado produjo importantes daños en diferentes vehículos, e incendió una vivienda vacacional que se encontraba sin ocupantes en ese momento.

En la audiencia desarrollada este 23 de agosto, el Fiscal de Juicio, Dr. Mario Néstor Zudaire, comunicó al tribunal que, conjuntamente con el acusado y su abogado defensor, Dr. Orlando Villegas, arribaron a un acuerdo de juicio abreviado.

Por medio de ese acuerdo, el acusado reconoció su autoría en los hechos endilgados; la calificación legal de su conducta; y prestó conformidad para la imposición de una pena de 3 años de prisión en suspenso, accesorias de ley y costas procesales.

Asimismo, el fiscal solicitó que se tenga presente lo establecido en el artículo 41 del Código Penal, en relación a las condiciones personales del imputado al tiempo de cometer el delito, puesto que, según obra en el expediente, D.E.C. sufrió un episodio psicótico en dicha oportunidad.

Ante el tribunal, el acusado ratificó el acuerdo, e informó que está en tratamiento psiquiátrico con prescripción farmacológica.

En cuanto a las partes damnificadas; se les hizo saber que podían ingresar al recinto para tomar conocimiento sobre el acuerdo arribado y brindar su opinión al respecto. Sin embargo, decidieron no ejercer ese derecho, y peticionaron conocer la decisión del tribunal por vía telefónica.

RESOLUCIÓN

En función de lo expuesto y constancias de la causa, los magistrados Juan Manuel Saá Zarandon, María Claudia Uccello y Sandra Elizabeth Piguillem; dispusieron homologar el acuerdo, y condenar a D.E.C. a la pena de tres años de prisión en suspenso, por ser el autor material y penalmente responsable de los delitos de daños (dos hechos) y estrago doloso (un hecho), en concurso real.

Cabe recordar, que la prisión en suspenso consiste en una condena de ejecución condicional. “Para que esta condena no se ejecute, es decir, no se llegue a su internación en el servicio penitenciario, tiene que cumplir con las condiciones que determine el tribunal”, le aclaró el Dr. Saá Zarandon al ahora condenado.

Entre las pautas establecidas, se encuentran las de no cometer nuevos delitos; continuar con el tratamiento psicológico y psiquiátrico por el término de la condena y presentar comprobante del mismo de manera mensual; tener un trabajo; someterse al cuidado del Instituto Provincial de Reinserción Social; entre otras condiciones que serán debidamente detalladas en la respectiva sentencia.

 

Fuente: Periódico Judicial

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