lunes 29 de abril de 2024
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La Corte dejó firme una sentencia que obliga a colegios de Villa de Merlo a los que asistió un menor que sufrió bullying a pagar una indemnización

El chico relató en el expediente haber sufrido discriminación, acoso y aislamiento por ser vegano. Los padres de la víctima demandaron también a los progenitores del adolescente que promovía las burlas, pero ese reclamo fue desestimado por la Justicia
lunes 08 de abril de 2024
La Corte dejó firme una sentencia que obliga a colegios de Villa de Merlo a los que asistió un menor que sufrió bullying a pagar una indemnización

Un caso de bullying que ocurrió en la Villa de Merlo hace varios años, volvió a tener repercusión nacional. Fue luego que la Corte Suprema de Justicia confirmara, en las últimas horas, la sentencia que obligó a dos establecimientos educativos privados de la localidad a pagar una indemnización a la familia de un estudiante que fue acosado reiteradamente por ser vegano.

Los padres del alumno habían demandado en su momento a ambos colegios, el San Francisco de Asís (primario) y el Instituto Monseñor Orzali (secundario), y también a los progenitores del compañero que promovía las burlas y hostigamientos, hechos que tuvieron lugar entre los años 2009 y 2012, y que afectaron psicológicamente a la víctima.

En aquel momento, la Justicia de San Luis había desestimado el reclamo contra los padres del acosador, por lo que la familia llevó el caso al Máximo Tribunal, con la esperanza de que se revea la sentencia al respecto.

El proceso judicial, que llevaba hasta la fecha más de 12 años, culminó recientemente con la ratificación del fallo que ordena a las escuelas la indemnización económica, aunque con el rechazo a la demanda contra los progenitores del menor dañador.

Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron que los padres estaban libres de responsabilidad civil, ya que habían puesto bajo la supervisión de los colegios a su hijo -esto de acuerdo a los términos del Artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación-.

El Dr. Juan Carlos Calabria, que fue representante legal de la familia de la víctima hasta hace algunos años, en declaraciones a Agenda 24, el programa que se transmite por CNN Radio San Luis, hizo un repaso del caso que conmocionó a toda la nación y cuestionó las decisiones que tomó la Justicia en cada una de las etapas.

“El fallo del juez de primera instancia, que después confirmó la Cámara, lo que hizo fue condenar a los dos colegios. El juez, salomónica y erróneamente, no hace lugar a la condena del chico menor de edad y de sus padres. Dijo que, al haber ocurrido en el ámbito del colegio, los padres reposan su tutoría en las autoridades del colegio y no pueden ser responsables por lo que haga su hijo en la escuela. Lo cual era totalmente falaz, porque nosotros llevamos las redes sociales donde lo hostigaban. Lo hacían también en fuera del ámbito de la escuela”, recordó sobre el caso.

Como consecuencia de estos episodios reiterados, el joven y su familia debieron migrar de la localidad puntana, ya que siguieron siendo víctimas de hostigamiento, a pesar de haber cambiado de escuela.

Según la ONG Internacional “Bullying sin Fronteras”, el 2023 en Argentina fue “el peor año de la historia en casos registrados de Bullying y Ciberbullying”.

De acuerdo al relevamiento, se han contado, al menos, hasta 112 muertes tanto por suicidio u homicidios relacionados con la temática.

 

 

 

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