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Caso Munyau: primer día de juicio oral y público

El acusado, Emiliano Schiaverano, se abstuvo a declarar. El juicio continuará el 27 de marzo. El fiscal pidió 12 años de prisión, aunque podría agravarse la calificación de Homicidio Simple a Homicidio Calificado por Alevosía.
miércoles 20 de marzo de 2019
Caso Munyau: primer día de juicio oral y público.
Foto: Carlos Gimenez
Foto: Carlos Gimenez

Este miércoles el Tribunal integrado por los Dres. Sergio Darío De Battista, Juan Manuel Saá Zarandon y Sandra Elizabeth Piguillem, dio apertura al juicio oral y público por el homicidio de Cristian Munyau, ocurrido en julio de 2017.

La representación del particular damnificado (Ana Castillo, madre de Cristian), es ejercida por los Dres. José Daniel Flores y Cándido Assat.

Por su parte, los Dres. José Sala y Hugo Scarzo están a cargo de la defensa técnica de Schiaverano.

Como fiscal de Cámara interviene el Dr. Néstor Mario Zudaire, quien al inicio del debate hizo reserva de solicitar el cambio de calificación legal conforme surja -o no- a lo largo del juicio, pudiendo agravarse la calificación de Homicidio Simple a Homicidio Calificado por Alevosía.

En esta primera audiencia, el imputado se abstuvo a declarar. Por lo que acto seguido, comenzó la etapa de producción de prueba.

El próximo 27 de marzo, a partir de las 08:00 hs., se recibirán las últimas testimoniales y en la misma jornada se clausurará el período probatorio para dar lugar a la etapa de alegatos y emisión del veredicto.

En su requisitoria, el Fiscal de primera instancia, Dr. Roberto Silvestre, manifestó que este Ministerio Público Fiscal tiene la certeza que el hecho, inicialmente investigado como un accidente de tránsito, ha sido en realidad un homicidio simple, en los términos del artículo 79 del Código Penal. Este artículo describe la conducta homicida como “el que matare a otro” y le adjudica una pena de 8 a 25 años de reclusión o prisión, siempre que no se estableciere otra pena. Configura el hecho punible desviar intencionalmente la dirección de un vehículo automotor a más de 70 kilómetros por hora para colisionar una motocicleta, provocando a su conductor lesiones gravísimas que desembocaron indefectiblemente en su muerte, conociendo lo que hacía y queriendo el resultado lesivo, siendo este un hecho previsible y probable.

En función de ello, el Dr. Silvestre solicitó que, al momento de dictar sentencia, se condene a Emiliano Armando Schiaverano a la pena de 12 años de prisión.

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