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Villa de Merlo: lo condenaron por incumplir la prohibición de acercamiento hacia su ex esposa

viernes 24 de noviembre de 2023
Villa de Merlo: lo condenaron por incumplir la prohibición de acercamiento hacia su ex esposa

L.C.M., fue condenado este viernes como autor material de los delitos de violación de domicilio e incumplimiento a una orden judicial en perjuicio de su ex esposa.

Así lo resolvió el camarista de la Tercera Circunscripción, Gustavo Daniel Sanchiño, quien resultó sorteado para dirigir el debate como juez unipersonal.

Los hechos juzgados ocurrieron el 19 de julio de este año en la Villa de Merlo, cuando el hombre de 44 años ingresó a la propiedad de la víctima, infringiendo la prohibición de acercamiento dictada por la justicia en el marco de una causa por violencia familiar.

De acuerdo a lo relatado por la damnificada ante las autoridades intervinientes, L.C.M. se encontraba en estado de ebriedad y con una actitud agresiva, profiriéndole todo tipo de insultos. Uno de sus hijos fue quien dio aviso a la policía.

El hombre fue detenido por efectivos de la Comisaría N°26. Al día siguiente, el Juez de Garantía Jorge Osvaldo Pinto lo imputó formalmente y, tal como solicitó la fiscalía, le impuso firmar el libro de imputados del 1 al 10 de cada mes y someterse a tratamiento psicológico-psiquiátrico para abordar su consumo problemático de alcohol.

Posteriormente, el Ministerio Fiscal formalizó la acusación y la causa fue elevada a la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción para la realización del debate oral.

 

 

 

Este 24 de noviembre, las partes acordaron finalizar el proceso mediante juicio abreviado.

En representación del Ministerio Público Fiscal, actuó la Dra. Débora Antonella Roy Gitto; mientras que la defensa de L.C.M. fue ejercida por el Defensor Oficial en lo Penal, Dr. José Francisco Perez.

Ante el juez, el acusado reconoció su autoría en el hecho y la imposición de una pena de prisión en suspenso. También reconoció la problemática que tiene con el alcohol y expresó su voluntad para someterse al debido tratamiento.

La víctima también habló con el magistrado, manifestándole que su marido siempre llegaba ebrio a la casa, a los gritos, a los golpes, y que quería que se fuera de Merlo para poder vivir en paz.

Luego de escuchar a las partes, el juez resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, dictando en consecuencia el siguiente veredicto:

Declarar a L.C.M. culpable, como autor material y penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio e incumplimiento a una orden judicial, en concurso real, condenándolo a la pena de dos años de prisión en suspenso, accesorias de ley y costas del proceso.

Como reglas de conducta, le impuso la obligación de comunicar al tribunal cualquier cambio de residencia o del domicilio declarado y realizar tratamiento psicológico para abordar su consumo problemático de alcohol, por el tiempo que el/la profesional tratante estime necesario, debiendo presentar constancia de su cumplimiento ante el Juzgado de Ejecución de la Tercera Circunscripción Judicial.

Asimismo, le ordenó la prohibición de acercamiento al domicilio de su ex esposa a una distancia no menor de 100 metros por el término de 180 días.

En caso de incumplir con algunas de estas pautas, el Tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persiste o reitera el incumplimiento, se le revocará la condicionalidad de la condena y deberá cumplir la totalidad de la pena de prisión de manera efectiva.

 

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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