Cuando la violencia continúa a través de los hijos: la Justicia de San Luis reconoció un caso de violencia vicaria
La violencia no siempre termina cuando una pareja se separa. En algunos casos, el control y el daño continúan a través de los hijos e hijas. La Justicia de San Luis reconoció esta situación en un fallo que identificó un caso de violencia vicaria, una modalidad de violencia de género en la que niños, niñas y adolescentes son utilizados como una herramienta para afectar a la mujer.
La resolución fue dictada por el Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Carlos Hugo Orozco.
Según informó el Periódico Judicial, el magistrado determinó que un hombre ejerció violencia psicológica contra su ex pareja utilizando a su hijo de seis años para continuar ejerciendo control sobre ella y provocarle daño emocional.
Por esa conducta, la Justicia impuso una sanción económica de $10 millones a favor de la víctima y ordenó que el responsable realice una capacitación en materia de violencia de género, que deberá acreditar dentro de los seis meses desde la notificación de la sentencia.
Un niño en medio de una violencia que tenía como destinataria a su madre
En sus fundamentos, el juez Orozco sostuvo que la violencia no se limitó a una agresión directa contra la mujer, sino que se manifestó de manera indirecta a través del niño.
El fallo consideró que existía una relación desigual de poder y que la conducta del progenitor configuró un supuesto de violencia psicológica indirecta, conocida como violencia vicaria.
La resolución también tuvo en cuenta los informes elaborados por los equipos interdisciplinarios, que determinaron un riesgo moderado de reiteración de agresiones hacia la mujer y un riesgo moderado para el niño, considerado víctima indirecta de la situación.
Desde una perspectiva de género, el caso muestra cómo algunas formas de violencia buscan mantener el control sobre las mujeres incluso después de la ruptura del vínculo de pareja, utilizando los lazos afectivos más importantes como una vía para generar sufrimiento.
Una causa que comenzó con una denuncia en 2024
De acuerdo con la información oficial del Poder Judicial, la causa se inició en diciembre de 2024 luego de una denuncia por situaciones de violencia física y verbal dentro de la relación de pareja.
A partir de esa presentación, el juzgado dispuso medidas de protección, entre ellas una prohibición de acercamiento y contacto, además del cese de cualquier forma de violencia, hostigamiento o persecución.
Con el avance del expediente surgieron nuevas situaciones relacionadas con el hijo de la pareja. Frente a ello, intervino un equipo interdisciplinario para evaluar el contexto familiar y establecer medidas de protección.
Durante el proceso también se realizaron audiencias vinculadas al régimen de comunicación paterno-filial, alimentos y tratamientos psicoterapéuticos, garantizando además el derecho del niño a ser oído.
La violencia vicaria fue definida por la psicóloga clínica y forense argentina Sonia Vaccaro como aquella violencia que se ejerce sobre los hijos e hijas para dañar a la mujer.
En estos casos, los niños, niñas y adolescentes no son la víctima principal buscada por el agresor, pero sí sufren las consecuencias de una violencia que los coloca en un lugar de instrumentalización y sufrimiento.
La Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres contempla la violencia psicológica como una de las formas en las que puede manifestarse la violencia de género.
Además de la sanción impuesta, el juez Orozco ordenó medidas para resguardar al niño y dispuso incorporar informes sobre su tratamiento terapéutico para evaluar si corresponde o no la vinculación con su progenitor y bajo qué modalidad.