jueves 25 de abril de 2024
17ºc Merlo, San Luis

Por mario Costamagna

Villa Larca conmemora el 163° aniversario de su fundación formal

Aunque el origen data del siglo XVII, fue el 22 de junio de 1858 cuando el gobernador Justo Daract estableció, mediante el otorgamiento de títulos y el delimitado del pueblo, el día formal de su fundación.
lunes 21 de junio de 2021
Villa Larca, conmemora el 163° aniversario de su fundación formal.
Foto: Centro de Historia.
Foto: Centro de Historia.

La primera referencia mencionando al lugar proviene del testamento de Marcos Becerra (propietario de una merced real que iba desde Carpintería hasta Papagayos) de 1727 mediante el cual , en la cláusula 36 otorga al entonces teniente, Francisco Ferreyra , las tierras de La Larca por “ “haberle servido y acompañado en mis trabajos y soledades que hecho de ver en mi consciencia se lo debo y asimismo mando a mis herederos aquellos bienes tuvieren misión o derecho no vayan contra ello por mi ordenado, porque esta es mi voluntad, antes encargo lo amparen, se le dé la posesión judicial o extrajudicial o como mejor le pareciera, que yo desde luego le cedo y traspaso el dominio a dichas tierras”. En el testamento citado, se encuentra en el Archivo Histórico de San Luis.

El 27 de noviembre de 1731, el alcalde Miguel de Vilchez, otorga al ahora Capitán, Francisco Ferreyra la posesión de las tierras. La hermana de Francisco, Pascuala, contrae matrimonio con Narciso de Sosa, dando origen a la familia Sosa-Ferreyra, que con el tiempo, al no ponerse de acuerdo en la propiedad de los terrenos, dificultaría no solo las relaciones familiares, sino también el poblamiento de la localidad.

Narciso Sosa también tiene su importancia en los orígenes de Villa Larca, ya que en su testamento, de fecha 21 de enero de 1750 deja establecido que se edifique una Capilla, a la vez que realiza la donación de media legua de tierra (los llamados Campos de la Virgen de la Merced).

En junio de 1858 visita Villa Larca, el entonces Gobernador de la provincia de San Luis, Justo Daract, quien interviene para solucionar el conflicto, entre los descendientes de los Sosa-Ferreyra; lo hace formando una Comisión para tal efecto integrada por el Cura Rector y Vicario Párroco de la Provincia de San Luis, Joaquín Tula, el secretario de Campaña del Gobernador, Don Carlos Juan Rodríguez y el asesor de la Cámara de Justicia , Don Carlos Tagle, estos el día 21 de junio de 1858, resuelven entre otros puntos reconocer como propiedad de la Iglesia de nuestra Señora dela Merced, lo donado por Narciso Sosa para construir un templo, reservar un área de terreno suficiente para elevar la población al rango de Villa, distribuyéndose gratis y en pequeñas fracciones entre individuos de ambas familias y a quienes quisieran radicarse en el lugar

Al día siguiente, 22 de junio de 1858, Justo Daract establece unas normas tendientes a delimitar Villa Larca, refiriéndose al otorgamiento de títulos, de allí que debemos considerar a esa fecha como el de la fundación formal de Villa Larca.

En nota enviada al Juez de Paz de la localidad, el Gobernador Justo Daract entre otras disposiciones establece las siguientes:

“El área de terreno que ocupará la población será la que va marcada en el plano que adjunto, desde la plaza al Sur, una manzana hasta la barranca que existe en ese costado; al Naciente una manzana de ochenta varas de ancho y de largo; al Norte, diez manzanas del mismo tamaño; cada una de estas manzanas estará dividida por calles rectas de diez varas de ancho cada una. Tres manzanas de la plaza principal al Norte y Poniente, las manzanas que estén numeradas en el plano desde el 1 al 8 están divididas en ocho sitios cada una, los sitios de las esquinas tienen 26 varas de frente y 30 de fondo; dos de los costados, 28 de frente y el mismo fondo; y los otros dos, 20 de frente y 40 de fondo. El resto de las cuadras o manzanas, en el plano que no están divididas se destinarán para quintas o potreros”

Se establece el reparto de tierras para toda persona que lo solicite, con la obligación de tapiarlo en un año y de construir una casa en dos años; a quien se le otorgue terrenos para quintas se le impone la obligación de plantar árboles de cultivo, e incluso se prevé la posibilidad de proceder a quitar el sitio o terreno a aquel propietario que no cumpla con las normas establecidas; una vez que quien resultase adjudicatario respete los requisitos, el gobierno debía otorgar el correspondiente título de propiedad, quedando consolidada de esta forma la propiedad. Determina además que no se podía

vender o transferir el sitio o terreno que se hubiese concedido sin haber cumplido los requisitos que asegurasen la propiedad.

En los primeros años la autoridad principal recaía en el Juez de Paz, y de 1886 surgen los primeros datos acerca de la formación de Comisión Municipal a cargo de la jurisdicción de Larca, que abarcaba además las actualidades localidades de Cortaderas y Papagayos.

 

Por José Mario Costamagna. 

Fotos: Centro de Historia de Villa de Merlo.

Te puede interesar
Últimas noticias