2026-09-12

La peperina de San Luis avanza hacia una Indicación Geográfica

La peperina serrana, una de las especies aromáticas características de las sierras de San Luis y Córdoba, inició un proceso para obtener una Indicación Geográfica (IG) que permita reconocer y proteger su identidad territorial y sus atributos productivos.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publicó la solicitud de registro de la Indicación Geográfica “Peperina Serrana de Córdoba y San Luis”, en el marco de la Ley N.º 25.380 y su modificatoria, la Ley N.º 25.966.

En San Luis, el área propuesta para esta denominación comprende los departamentos Junín y Chacabuco, dentro del sector serrano que forma parte de la continuidad de las Sierras de los Comechingones con los sistemas montañosos de Córdoba.

La iniciativa contempla específicamente a la peperina (Minthostachys verticillata) proveniente de los ambientes serranos de ambas provincias. El planteo sostiene que la planta presenta características aromáticas particulares vinculadas con las condiciones ambientales de la región.

Según la documentación de la solicitud, el perfil aromático de la peperina es mentáceo-herbal, intenso y fresco. Estas características estarían relacionadas con la composición de su aceite esencial, cuyos principales componentes en ejemplares de Córdoba y San Luis son la mentona y la pulegona.

Una identidad ligada al territorio

Uno de los fundamentos de la propuesta es que las características del producto no dependen únicamente de la especie, sino también de la interacción entre el suelo, el clima, las condiciones ecológicas y el material genético local.

Esta relación entre un producto y el territorio donde adquiere determinadas características es precisamente uno de los elementos centrales de una Indicación Geográfica.

La delimitación propuesta atraviesa los límites provinciales e incluye, además de Junín y Chacabuco, distintos departamentos de Córdoba: Río Seco, Tulumba, Ischilín, Cruz del Eje, Minas, Punilla, Colón, Capital, Pocho, San Alberto, Santa María, San Javier, Calamuchita y Río Cuarto.

De esta manera, la solicitud busca reconocer una identidad productiva común vinculada al ambiente serrano en el que se desarrolla la peperina.

Si el registro avanza, los productores comprendidos dentro del área delimitada podrán utilizar la denominación siempre que cumplan con las condiciones establecidas en el protocolo de producción y calidad que acompaña la solicitud.

La eventual protección permitiría diferenciar el producto por su procedencia y características, además de generar condiciones para una mayor trazabilidad y valorización comercial.

El proceso continúa abierto

La publicación de la solicitud no significa todavía que la Indicación Geográfica haya sido otorgada. A partir de esta instancia se encuentra abierto el período previsto por la normativa para que quienes acrediten un interés legítimo puedan presentar observaciones u oposiciones.

El plazo establecido es de 30 días corridos desde la publicación, y las presentaciones deben estar debidamente fundamentadas y acompañadas por la documentación y las pruebas correspondientes.

Luego deberán cumplirse las distintas etapas administrativas previstas por la legislación antes de una eventual definición sobre el reconocimiento solicitado.

Para la peperina serrana de San Luis, el proceso representa la posibilidad de avanzar hacia una identificación formal del producto con su territorio de origen y de fortalecer su diferenciación como recurso regional, siempre bajo las condiciones de producción y calidad que finalmente determine el procedimiento de registro.

Fuente: elsemiarido.com

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