2021-03-23

CAMBIO EN EL SISTEMA JUDICIAL de San Luis

Presentaron tres anteproyectos de la Reforma Judicial

El Gobierno provincial dio a conocer este martes los tres anteproyectos que presentará en la Legislatura el 1º de abril para reformar el Código Procesal de Niñez, Familia y Adolescencia, el Código Procesal Penal y de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.

La presentación fue encabezada por el gobernador Alberto Rodríguez Saá y contó con la participación del ministro de Justicia, Gobierno y Culto, Fabián Filomena, e integrantes de su equipo de trabajo; diputados y senadores provinciales, miembros del Superior Tribunal de Justicia; presidentes de los colegios de Abogados de San Luis, Villa Mercedes y Concarán; los presidentes de los colegios de Magistrados de San Luis y Villa Mercedes, y especialistas en cada tema de la reforma.

Los puntos más destacados de cada anteproyecto:

Código Procesal Penal

– El cambio hacia el sistema acusatorio beneficia al ciudadano, por cuanto se garantiza la imparcialidad del juez, toda vez que la investigación pasa a estar en cabeza del fiscal.

– Se profundiza la oralidad, por cuanto se establecen audiencias para la adopción de medidas, producción de prueba y dictado de sentencias, lo cual reducirá notablemente la duración de los procesos.

– Se ha introducido la interpretación de las normas con perspectiva de género, como principio informador tendiente a eliminar el menoscabo o anulación del reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y de todo otro grupo de personas históricamente excluido social, cultural y jurídicamente.

– Se incorporan los medios de resolución alternativa de conflictos, que permitirán al damnificado obtener una recomposición de sus intereses, en sustitución de la pena.

– Se le otorga a la víctima del delito un rol más activo en el proceso.

– Se regula el procedimiento de flagrancia, que permite juzgar delitos en los que no se requiere mayor producción de prueba, en plazos muy cortos.

Código Procesal de Niñez, Familia y Adolescencia

– Participación en el proceso de personas con capacidad restringida y de niñas, niños y adolescentes, para que su opinión sea tenida en cuenta.

– La utilización de lenguaje acorde y entendible, con perspectiva de género.

– El acercamiento permanente del juez con las partes, que permite un mejor diagnóstico de los conflictos y por ende mejores soluciones.

– La intervención de gabinetes de apoyo multidisciplinarios.

– Se regulan específicamente los distintos procesos (ALIMENTOS, VIOLENCIA, ADOPCIÓN, RESTITUCIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL DE NIÑES, ETC.) a través de una regulación moderna, con plazos cortos, para lograr que la Justicia llegue en tiempo oportuno al ciudadano.

Ley Orgánica de Administración de Justicia

– Se tomó como base y se ha dejado expresamente establecido la reestructuración de los recursos humanos y materiales actuales que acompañan las reformas de los códigos propuestos (ejemplo: se unificaron los juzgados de familia y violencia).

– Se delinea el traslado de funcionarios y empleados, estableciéndose que sea siempre dentro del mismo fuero, y de esa manera, garantizar la especificidad de las competencias, logrando así un sistema judicial más especializado.

– Igual criterio que el punto anterior se adoptó en relación a las subrogancias o integraciones de cámaras, siempre prevalece el fuero aun cuando sean distintas circunscripciones.

– Se incorporó una cláusula que sanciona con nulidad absoluta cualquier creación de cargo o designación que no esté sujeta la ley orgánica o ley de presupuesto liberando al estado de cualquier consecuencia que pueda derivarse de ello, responsabilizando de forma personal al funcionario que la haya efectuado.

– Se jerarquiza la función del secretario judicial, lo que permitirá un mayor apoyo de su parte al juez en aras de acortar la duración de los procesos.

– Se crea un sistema de gestión unificada de causas (en principio solo para familia, pero con posibilidad de ampliar a otros fueros), lo que permitirá al ciudadano consultar en un mismo lugar todas las causas en las que tenga participación.

– Se regula en una norma complementaria el funcionamiento del Ministerio Público (Fiscal y de la Defensa).

Te puede interesar