2019-10-21

MINISTERIO DE SALUD

Aclaran sobre la comercialización de Libretas de Salud Falsas

Dichas libretas tienen carácter de documento público a partir de la Ley Nº 4583, sancionada en 1984 y ratificada en 2004 con Ley Nº III-0066-2004 (5592), y en especial en el ARTÍCULO 6º.- “La Libreta de Salud tiene carácter de documento público, entregándose duplicado solamente en caso de pérdida o extravío debidamente certificada”, y considerando que se trata de un documento de uso personal intransferible, donde se registran los controles, del embarazo y del niño hasta la adolescencia.

Además cumplimos en informar y notificar a los profesionales de salud de todo el ámbito provincial (público y privado) que las copias irregulares de este documento, no deben ser aceptadas para registro de controles de salud de embarazadas, niños y adolescentes; y de detectarse, es obligación del profesional poner en conocimiento del caso a las autoridades ministeriales competentes.

La comercialización y uso de estas Libretas de Salud apócrifas constituyen un delito.

Nota y foto: Prensa Ministerio de Salud.

Te puede interesar